Saltar al contenido principal

Calificación Simplificada

¿Quién accede a la Calificación Simplificada?

De conformidad a lo determinado en el artículo 4, literal b, y artículo 11, de la Norma Técnica de Calificación de Operadores de Capacitación, los POC que deben acceder a la calificación simplificada corresponden a:

1. Las Instituciones de Educación Superior debidamente legalizadas por el ente regulador y sus Empresas Públicas o privadas dedicadas a la capacitación;

2. Las Empresas e Instituciones Públicas; y,

3. Instituciones de educación básica y media.

¿Cuál es el proceso?

Los POC simplificados, ingresaran una petición formal de revisión previa y asignación de analista, mediante el Sistema de Gestión Documental Quipux, o por cualquier ventanilla de Secretaria General del Ministerio del Trabajo a nivel nacional.

REQUISITOS PARA LA CALIFICACIÓN SIMPLIFICADA

1. Formulario de la revisión previa ejecutada;

2. Oficio de solicitud dirigido a la Máxima Autoridad de la Subsecretaría de Cualificaciones Profesionales y Gestión Artesanal del Ministerio del Trabajo para el ingreso de los expedientes físicos, o digitales, según el tipo de proceso, el cual debe contener la siguiente información: RUC, razón social, correo de contacto, número de teléfono convencional, y número de celular; y, nombre del analista que realizó la revisión previa.

Dicha solicitud podrá ser presentada por el usuario de la siguiente manera:

El expediente físico en cualquiera de las dependencias del Ministerio del Trabajo a nivel nacional, el cual deberá contar con las firmas manuscritas originales de responsabilidad. Para los documentos de respaldo que posean firma electrónica, el POC, deberá adjuntar al expediente, el medio electrónico de almacenamiento que contenga el archivo digital original, para la posterior verificación del mismo.

El expediente digital que incluye todos los formatos, formularios emitidos por la Subsecretaría de Cualificaciones Profesionales y Gestión Artesanal del Ministerio del Trabajo, deben estar suscritos con firma electrónica que permitan su verificación en el aplicativo correspondiente; los documentos de respaldo deben ser claros y legibles; pueden o no estar firmados electrónicamente, y deben estar adjuntos en formato PDF, cargados a través del Sistema de Gestión Documental QUIPUX;

1. Formulario de solicitud de calificación;

2. RUC activo

3. Documentación legal de constitución debidamente legalizada

4. Nombramiento del representante legal

5. Designación del (la) responsable del diseño curricular: por parte del representante legal, y con aceptación del involucrado. Esto se refiere al coordinador(a) pedagógico(a);

6. Certificado laboral por parte de la Unidad de Talento Humano o Máxima Autoridad donde se indique que el (la) coordinador(a) pedagógico(a) y el(los) instructor(es) son parte del personal de la institución de educación superior o sus empresas públicas o privadas dedicadas a la capacitación, empresas e instituciones públicas;

7. Diseño(s) curricular(es) de la oferta de capacitación con la firma manuscrita (expediente físico) o firma electrónica (expediente digital) de responsabilidad del coordinador(a) pedagógico(a).

wpChatIcon