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8. ¿En referencia al permiso para el cuidado del recién nacido en partos múltiples, las dos horas de permiso que determina la ley, son por cada menor o dos horas por la totalidad de los menores?

ABSOLUCION DE CONSULTA:

Esta Cartera de Estado indica que de conformidad a lo establecido en los artículos 33 inciso tercero de la LOSEP y 61 de su Reglamento General, las servidoras públicas, tienen derecho a hacer uso de dos horas diarias para el cuidado del recién nacido; esta disposición, de manera expresa está orientada a satisfacer el ejercicio efectivo de los derechos de los niños y niñas, por lo que, tratándose de casos de nacimientos múltiples se deberá considerar las dos horas diarias de permiso para el cuidado por cada niña o niño, contados durante doce meses efectivos, a partir de la terminación de la licencia por maternidad.

Es así que, el titular del derecho a la lactancia es el niño o niña, lo que implica que cada recién nacido tiene derecho a dos horas completas para su cuidado, de modo que en los casos de nacimiento múltiples, el permiso de las dos horas diarias para el cuidado del recién nacido no se debe compartir sino multiplicar de manera proporcional al número de recién nacidos, asegurando así el ejercicio pleno de sus derechos y atendiendo el principio del interés superior del niño, debiendo las autoridades tanto administrativas como judiciales, así como, las instituciones públicas y privadas, ajustar sus decisiones y acciones para el efectivo cumplimiento de sus derechos.

Por tanto, es responsabilidad de la UATH verificar que el caso puesto en consulta se encuentre incurso dentro de los presupuestos jurídicos antes referidos en base a lo establecido en las letras a) y k) del artículo 52 de la LOSEP, los requerimientos de gestión deben ser atendidos por la UATH institucional y esta a su vez, tiene la obligación de cumplir, hacer cumplir, asesorar y prevenir a los servidores y servidoras públicos de la institución, respecto de la citada Ley Orgánica, su Reglamento General y las resoluciones de este Ministerio, dentro del ámbito de su competencia.

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