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2. ¿Cuáles son los requisitos para realizar una consulta formal ante el Ministerio del Trabajo?

PRONUNCIAMIENTO:

Según lo establecido en el artículo 5 del Acuerdo Ministerial No. MDT-2017-0102, los requisitos para realizar una consulta formal por escrito ante el Ministerio del Trabajo o en las Direcciones Regionales del Trabajo y Servicio Público, deberán contener:

a) La designación de la autoridad ante quien se la formule;

b) Los nombres y apellidos completos del consultante, el derecho por el que lo hace, el número de cédula de ciudadanía o identidad o el Registro Único de Contribuyente, de ser el caso;

c) Definición precisa del objeto de la consulta, con el señalamiento de la opinión del consultante, las disposiciones legales o reglamentarias que estimare aplicables al caso;

d) Detalle de los antecedentes y demás hechos relevantes que sirvan para la emisión de la absolución; relacionado al régimen jurídico aplicable de la norma;

e) Copia de la documentación relacionada con la consulta que estime pertinente adjuntar;

f) Lugar de notificaciones y dirección electrónica;

g) Firma del consultante.

Y, en apego al artículo 6 de la misma norma, las instituciones que integran la administración pública deberán presentar el informe debidamente motivado del responsable de la Unidad de Asesoría Jurídica de las instituciones del Estado, el mismo que podrá ser consensuado con el criterio de la Unidad de Administración del Talento Humano o quien hiciere sus veces en la institución.

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