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6. ¿Si un servidor público ocupó varios puestos con diferentes contratos y nombramientos, es procedente realizar su liquidación de haberes, pese a que se mantiene laborando para la misma institución?

PRONUNCIAMIENTO:

La Disposición General Quinta del Acuerdo No. 2017-0163, establece que no se realizará la liquidación de haberes ni la liquidación de vacaciones no gozadas al momento de que un servidor que estando bajo la modalidad de contratos de servicios ocasionales pase a nombramientos provisionales o de nombramientos provisionales a nombramientos permanentes si continúa laborando en la misma institución, recalcando que la liquidación de haberes sólo se efectuará cuando se produzca la terminación de la relación laboral con la entidad y que de ocurrir la cesación definitiva se deberá realizar la liquidación de haberes en proporción a la remuneración mensual unificada y al tiempo transcurrido en cada uno de puestos.

Por lo tanto, no procede la liquidación de haberes ni de vacaciones no gozadas cuando un servidor público ocupó varios puestos con diferentes contratos y nombramiento y se mantiene laborando en la misma institución, debiéndose puntualizar que la liquidación de haberes y vacaciones no gozadas únicamente procede cuando el servidor cesa en funciones de manera definitiva con la entidad.

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